¡Tío Pello ya no anda en burro!
Me imagino que en sus mejores tiempos, cuando eran compañeros inseparables, en que Tío Pello se desplazaba a su parcela en su burro mohíno, uno era- como el acordeón de Alejo Durán- la extensión del otro.
Pero desde que Tío Pello se vino a la ciudad, probó el agua de tanque, la luz eléctrica y abrió un canal en YouTube, se olvidó de su pobre burrito. Hoy, para ver un burro, hay que ir al festival de San Antero, donde el zote retoma su protagonismo, pero ya no cargando leña y harreando agua, sino siendo actor de las fiestas, interpretando a varios personajes.
Esta vaina es verdad. A raíz del día del idioma, nuestro personaje Tío Pello y la Princesa de los cuentos- que ya tiene 14 años- y es muy bella e inteligente, fueron invitados a la IE Antonio Lenis de Sincelejo. Llegaron poco antes de las siete de la mañana en un pomposo Ford Plateado. Tío Pello a penas me vio trotando en la plaza de Majagual, buscando donde parquear, bajó el vidrio para que yo lo viera. Y sin disimular su actuación- de hecho quería que yo lo viera-, me preguntó dónde quedaba El Lenis. Y por supuesto que él ya sabía, porque lo tenía( al colegio) a veinte metros y todo el mundo en Sucre sabe dónde queda esta institución, caracterizada en el pasado por sus alumnos rebeldes, tiradores de piedra.
Tío Pello estaba con la princesa, quien era la que iba a actuar. Tío Pello se ve que aprendió a manejar ya viejo o que hasta hace poco anduvo en su burro. Empezó a darle para atrás a su flamante Ford Plateado y se notó que no estaba muy diestro. Yo seguí caminando y al terminar otra vuelta vi que Tío Pello había parqueado mal a su nuevo amigo, dejándolo separado del andén por lo menos unos 60 centímetros, cuando la regla recomienda hacerlo a no más de 20 centímetros, máximo 30.
A Tío Pello, quien antes fue artesano y compositor festivalero, le está yendo muy bien y le auguramos muchos éxitos. Es un personaje que nos representa muy bien y ojalá que no compre una burbuja, porque en el Ford Plateado se ve corroncho, pero muy bien. Felicidades con su nuevo burro. Lo que le recomendamos es practicar más no solo el parqueo, sino otras reglas.
NORMAS.
De acuerdo con la Ley 769 del 6 de agosto de 2002 por medio de la cual se expide el Código Nacional de Tránsito Terrestre, las normas que regulan el estacionamiento en vía pública son las siguientes:
Artículo 75. ESTACIONAMIENTO DE VEHÍCULOS. En vías urbanas donde esté permitido el estacionamiento, se podrá hacerlo sobre el costado autorizado para ello, lo más cercano posible al andén o al límite lateral de la calzada no menos de treinta (30) centímetros del andén y a una distancia mínima de cinco (5) metros de la intersección.
Artículo 77. NORMAS PARA ESTACIONAR. En autopistas y zonas rurales, los vehículos podrán estacionarse únicamente por fuera de la vía colocando en el día señales reflectivas de peligro, y en la noche, luces de estacionamiento y señales luminosas de peligro.
Artículo 78. ZONAS Y HORARIOS DE ESTACIONAMIENTO ESPECIALES. Los conductores que estacionen sus vehículos en los lugares de comercio u obras de construcción de los perímetros urbanos con el objeto de cargar o descargar, deberán hacerlo en zonas y horarios determinados para tal fin.
Las entidades públicas o privadas y los propietarios de los locales comerciales no podrán hacer uso del espacio público frente a sus establecimientos para el estacionamiento exclusivo de sus vehículos o el de sus clientes.
Las autoridades de tránsito definirán las horas y zonas para el cargue o descargue de mercancías.
Artículo 79. ESTACIONAMIENTO EN VÍA PÚBLICA. No se deben reparar vehículos en vías públicas, parques, aceras, sino en caso de reparaciones de emergencia, o bajo absoluta imposibilidad física de mover el vehículo. En caso de reparaciones en vía pública, deberán colocarse señales visibles y el vehículo se estacionará a la derecha de la vía en la siguiente forma:
En los perímetros rurales, fuera de la zona transitable de los vehículos, colocando señales de peligro a distancia entre cincuenta (50) y cien (100) metros adelante y atrás del vehículo.
Cuando corresponda a zonas de estacionamiento prohibido, sólo podrá permanecer el tiempo necesario para su remolque, que no podrá ser superior a treinta (30) minutos.
PARÁGRAFO. Está prohibido reparar vehículos automotores en la zona de seguridad y protección de la vía férrea, en los patios de maniobras de las estaciones, los apartaderos y demás anexidades ferroviarias.
(Nota, para instrucciones de Manejo en Sincelejo, recomendamos la firma INSTRUIMOS S.A.S
Centro De Enseñanza Automovilística.
Seguridad, buena enseñanza y cumplimiento de la ley, son las características del centro de enseñanza automovilística INSTRUIMOS S.A.S.
Carrera 16 No 27ª-28. Barrió Majagual. Tel 2769508, Cellular 3165270787
Email ceainstruimos@gmail.com
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